QUE HACER CUANDO NO SE PUEDE PAGAR LAS DEUDAS

QUE HACER CUANDO YA NO SE PUEDEN PAGAR LAS DEUDAS

Las Causas.

Existen numerosas circunstancias que pueden provocar que una persona ya no pueda  pagar las deudas ni satisfacer los compromisos asumidos en tiempo y forma.

Dichas circunstancias pueden reconocer su causa en razones de índole estrictamente personal, como la pérdida de empleo, la disminución de horas de trabajo, gastos extraordinarios.
O pueden deberse a causa de una coyuntura económica de carácter general. También podría ser una mixtura de ambas.

Ser deudor no es un delito. Todo  buen hombre de negocios, desea honrar sus obligaciones y  cumplir con los acreedores.
Por lo tanto, la morosidad,  no coloca por si sola al deudor, en una posición que pueda ser entendida como inmoral o vergonzante.

La situación Actual.

Para el caso, nos encontramos ante el peor escenario disruptivo en materia económica y sanitaria de los últimos 100 años, en el mundo.

Este contexto emergencial, que ya padecíamos en Argentina desde 2018, se ha visto potenciado y agravado por la  Pandemia del Covid-19, hasta niveles que todavía no estamos en condiciones de evaluar, aunque sabemos que sus efectos se acentúan día a día.

La falta de trabajo y la imposibilidad de desarrollar una actividad, ha puesto a miles de ciudadanos, ante el dilema ético de  no poder cumplimentar  con las obligaciones asumidas por satisfacer necesidades básicas.

A lo expuesto,  se suma la angustia que generan los agresivos procedimientos de cobranza que muchas empresas asumen.

Sin perjuicio de lo expuesto, es muy importante comprender que TODA DEUDA ES NEGOCIABLE.
Más aun en tiempos de crisis extremas como el actual.

El Concurso Preventivo.

Quienes se encuentran en incapacidad de afrontar las obligaciones que contrajeron, cuentan con herramientas jurídicas puntuales.

Con el debido asesoramiento, es posible re negociar las deudas, con intereses razonables y evitando el pago de ciertos créditos, cuyo  cumplimiento no puede demandarse legalmente.

En última instancia, si no resulta posible el acuerdo con los acreedores, y el deudor se encuentra en cesación de pagos – es decir que sus ingresos no le permiten afrontar el pago de sus deudas – es posible recurrir a la figura del  Concurso  Preventivo.

Si bien, generalmente se entiende que este remedio jurídico es exclusivo de las empresas, lo cierto, es que puede utilizarse también para solucionar el problema de personas físicas.

A través del Concurso Preventivo, se procura  formalizar un acuerdo con la totalidad de los acreedores  del deudor. Aunque no se reduce solo a ello.

Ventajas.

Tiene innumerables ventajas para los deudores, de las cuales, mencionaremos las principales:

En primer lugar interrumpe el curso de los intereses por las deudas impagas a la fecha de presentación del Concurso Preventivo.

Supone el levantamiento de todos los embargos sobre sueldos, jubilaciones, inmuebles, bienes muebles, etc., que pesan sobre el deudor.

Prohíbe la iniciación de nuevos juicios por deudas anteriores a la presentación del concurso y atrae al concurso, todos los juicios ya iniciados.

Otorga al deudor un marco razonable  donde negociar un acuerdo de pago con sus acreedores, con quitas, cuotas, plazos de gracia y  en el contexto de un procedimiento supervisado por el órgano judicial.

Si se alcanza la conformidad a un acuerdo, con la mayoría de los acreedores, conforme lo establece la legislación, dicho acuerdo resulta obligatorio para los demás acreedores, incluso los que se negaron a prestar su consentimiento.

Por último, aquellos “acreedores” que no pudieren probar que el crédito que reclaman reconoce una causa legítima, no son admitidos en el Concurso Preventivo y se encuentran imposibilitados de reclamar la deuda.

El resultado, es un desahogo económico inmediato, la renegociación de los créditos y la posibilidad cierta de abonar una cifra razonable y en cuotas.

Es importante entender que NO estamos presentando una formula milagrosa, mágica o similar.
La cuestión planteada, implica de manera directa grandes esfuerzos por parte del deudor y por supuesto, su voluntad inequívoca de pagar la deuda acordada.

En definitiva, el objetivo de la presente es  que toda persona conozca que en este marco desesperante, emergencial y global, existen salidas jurídicas, legales y factibles ante la imposibilidad de pago.
El concurso preventivo es una de ellas.

 

Por
Marcos D´Angelis
Mariano Caro Catamaglia

 

4 comentarios en “QUE HACER CUANDO YA NO SE PUEDEN PAGAR LAS DEUDAS”

  1. Buenas tardes e leído hasta el final . Me llamó la atención el título de la misma y entendí muy poco pero si se y me preocupa mucho las deudas por que al no tener ni idea de todo esto que está pasando en tiempos un poco menos difícil pedí un crédito en garbarino . Si bien es cierto al momento de darme la posibilidad explican parte de forma de pago después en momento de abonar ahí esta el problema por que es donde le dicen bien explicado y claro lo increíble de la tasa de interés pero ya se firmó todo lo habido y por haber ateniéndose ellos a una simple pensión no contributiva como la que cobro. pero bueno se paga nadie me obligó solo la necesidad de algunas cosas .hoy tengo 2 cuotas y va para 3 que no pago pero jamás imagene por la miseria que me tocaría pasar a punto de comer de ves encuando bañarnos sin jabón ni champú como antes y cosas peor como juntar cartón y no poderlo vender por monedas aún que fuera. no poder viajar al los hospitales con el abono con acompañante de mi hijo menor mas dos hijos mayores bajo mi techo una que trabajó en blanco como ama de casa y que también se aprovecharon que firma el recibo por 2 o 3 mil $ y le decían te doy la mitad y te debo lo otro porque tengo otras deudas y esto empezó como para noviembre del año pasado . Otro hijo con vih que no me queda otra que darle un plato de caldo cuando se puede utilizando tarjeta para el supermercado y esto lo explico no pora justificarme si no por que verdaderamente no puedo pagar todo. crédito tarjeta agua luz garrafa y descuentos en la pensión por mucha medicación . Además pregunté de cuánto ya es la deuda en garbarino y veo que hay interés sobre la alevosa interés que venía pagando y ahora no puedo . Por eso le escribo si es posible me dijera en criollo como puedo hacer y disculpas la expresión es que no entendí bien lo escrito y necesito saber a que atenerme por favor .

  2. Somos una pyme familiar en problemas!!!! DE cordoba capital, me dicen si atienden en Córdoba para poder contactarnos y ver que se puede hacer gracias.

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